La Asociación de Amistad con Corea, Delegación Chilena -KFA Chile- frente a las declaraciones del señor Lautaro Carmona, Secretario General del Partido Comunista de Chile y diputado de la República, el cual, en su entrevista ofrecida a un canal extranjero que opera en Chile, ha planteado de manera desinformada e incorrecta algunos puntos de vista sobre el Gobierno y sistema de la República Popular Democrática de Corea, por lo cual, manifestamos:
1. Sobre la aplicación de las leyes soberanas de la República Popular Democrática de Corea, en el caso del criminal Jang Song Thaek, su ejecución se debió a los siguientes cargos:
- Robo de más de 4 millones de euros públicos.
- Venta de recursos naturales de forma ilegal.
- Aceptar sobornos de extranjeros para otorgar facilidades comerciales.
- Hiperdevaluación artifical del Won norcoreano para destruir la economía interna. (Lo que obligó a emitir nueva moneda y creó un grave problema financiero en 2009)
- Fraccionalismo entre Partido y Ejército para provocar una caída del sistema.
- Intento de golpe de estado.
- Consumo de drogas ilegales y pago de prostitución durante sus estancias en el extranjero.
2. Sobre la participación y corrientes de expresión del pueblo coreano en la construcción del sistema socialista de la República Popular Democrática de Corea, la misma se remite a:
- Instalación de un sistema popular a partir de la defensa ejercida contra el imperialismo japonés e imperialismo norteamericano (Segunda Guerra Mundial, Invasión del Japón a Corea y Guerra de Agresión imperialista norteamericana contra Corea) en el que su pueblo eligió soberanamente construir una sociedad de justicia social, centrada en las masas populares, en el que ser humano es el centro de la misma, como amo y dueño de su destino, tal como lo concibió el Eterno Presidente Kim Il Sung en la idea Juche.
El señor Carmona en dicha entrevista, planteó: "Si no hay participación del pueblo, y no hay una corriente de expresión que permita equiparar las fuerzas, entonces no es un régimen que podamos postular como nuestra política".
Frente a este asunto, informamos que existe participación del pueblo coreano en todos los niveles, y hay diversas corrientes de expresión: Partido del Trabajo de Corea, Partido Social Demócrata de Corea, Partido Chondoísta Chong-u, Frente Democrático para la Reunificación de la Patria, Unión de la Juventud Socialista Kim Il Sung, Federación General de los Sindicatos de Corea, Unión de Trabajadores Agrícolas de Corea y la Unión de Mujeres Democráticas de Corea, así como los independientes.
Artículo 4 de la Constitución de la RPD de Corea: El poder de la República Popular Democrática de Corea pertenece a los obreros, campesinos, militares, intelectuales y demás sectores del pueblo trabajador.
El pueblo trabajador ejerce el poder a través de sus órganos representativos: la Asamblea Popular Suprema y las asambleas populares locales a todos los niveles.
Artículo 6: Los órganos del poder a todos los niveles, desde las asambleas populares distritales hasta la Asamblea Popular Suprema, son elegidos por votación secreta, según los principios del sufragio general, igualitario y directo.
Artículo 7: Los diputados a los órganos del poder a todos los niveles mantienen una estrecha relación con los electores y responden ante ellos por su trabajo.
Los electores pueden remover a los diputados en cualquier momento, si defraudan su confianza.
La elección de Comandante Supremo y Primer Presidente de la Comisión Nacional de Defensa, Mariscal Kim Jong Un, la efectua la Asamblea Popular Suprema, con 687 diputados, elegidos por el pueblo coreano de forma secreta y democrática, mientras que la del Primer Secretario del Partido de los Trabajadores, la cual que se efectúa por el Comité Central del Partido, y su posición también debe revalidarse cada 5 años.
Pensamos que es indispensable conocer los procesos sociales desde su origen, o por lo menos informarse al respecto, ya que un diputado como él debe saber entregar las respuestas necesarias desde los mismos hechos registrados en la historia.
Asociación de Amistad con Corea- KFA Chile
19 de diciembre, 2013
1. Sobre la aplicación de las leyes soberanas de la República Popular Democrática de Corea, en el caso del criminal Jang Song Thaek, su ejecución se debió a los siguientes cargos:
- Robo de más de 4 millones de euros públicos.
- Venta de recursos naturales de forma ilegal.
- Aceptar sobornos de extranjeros para otorgar facilidades comerciales.
- Hiperdevaluación artifical del Won norcoreano para destruir la economía interna. (Lo que obligó a emitir nueva moneda y creó un grave problema financiero en 2009)
- Fraccionalismo entre Partido y Ejército para provocar una caída del sistema.
- Intento de golpe de estado.
- Consumo de drogas ilegales y pago de prostitución durante sus estancias en el extranjero.
2. Sobre la participación y corrientes de expresión del pueblo coreano en la construcción del sistema socialista de la República Popular Democrática de Corea, la misma se remite a:
- Instalación de un sistema popular a partir de la defensa ejercida contra el imperialismo japonés e imperialismo norteamericano (Segunda Guerra Mundial, Invasión del Japón a Corea y Guerra de Agresión imperialista norteamericana contra Corea) en el que su pueblo eligió soberanamente construir una sociedad de justicia social, centrada en las masas populares, en el que ser humano es el centro de la misma, como amo y dueño de su destino, tal como lo concibió el Eterno Presidente Kim Il Sung en la idea Juche.
El señor Carmona en dicha entrevista, planteó: "Si no hay participación del pueblo, y no hay una corriente de expresión que permita equiparar las fuerzas, entonces no es un régimen que podamos postular como nuestra política".
Frente a este asunto, informamos que existe participación del pueblo coreano en todos los niveles, y hay diversas corrientes de expresión: Partido del Trabajo de Corea, Partido Social Demócrata de Corea, Partido Chondoísta Chong-u, Frente Democrático para la Reunificación de la Patria, Unión de la Juventud Socialista Kim Il Sung, Federación General de los Sindicatos de Corea, Unión de Trabajadores Agrícolas de Corea y la Unión de Mujeres Democráticas de Corea, así como los independientes.
Artículo 4 de la Constitución de la RPD de Corea: El poder de la República Popular Democrática de Corea pertenece a los obreros, campesinos, militares, intelectuales y demás sectores del pueblo trabajador.
El pueblo trabajador ejerce el poder a través de sus órganos representativos: la Asamblea Popular Suprema y las asambleas populares locales a todos los niveles.
Artículo 6: Los órganos del poder a todos los niveles, desde las asambleas populares distritales hasta la Asamblea Popular Suprema, son elegidos por votación secreta, según los principios del sufragio general, igualitario y directo.
Artículo 7: Los diputados a los órganos del poder a todos los niveles mantienen una estrecha relación con los electores y responden ante ellos por su trabajo.
Los electores pueden remover a los diputados en cualquier momento, si defraudan su confianza.
La elección de Comandante Supremo y Primer Presidente de la Comisión Nacional de Defensa, Mariscal Kim Jong Un, la efectua la Asamblea Popular Suprema, con 687 diputados, elegidos por el pueblo coreano de forma secreta y democrática, mientras que la del Primer Secretario del Partido de los Trabajadores, la cual que se efectúa por el Comité Central del Partido, y su posición también debe revalidarse cada 5 años.
Pensamos que es indispensable conocer los procesos sociales desde su origen, o por lo menos informarse al respecto, ya que un diputado como él debe saber entregar las respuestas necesarias desde los mismos hechos registrados en la historia.
Asociación de Amistad con Corea- KFA Chile
19 de diciembre, 2013